SEPA
- Fuente: Sage.es
- 1 feb 2017
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¿Qué es SEPA?
La entrada en vigor de SEPA (Zona única de pago en Euros) comenzó, a todos los efectos, el pasado 1 de febrero, aunque se dio un plazo de prórroga de 6 meses.
Se adhieren a SEPA 27 Países de la Unión Europea (16 de la E euro + 11 UE no euro) así como Noruega, Liechtenstein, Islandia, Suiza y Mónaco y algunos territorios de ultramar de los países anteriores.
Implica unos nuevos formatos e instrumentos de pago (transferencias, adeudos bancarios y pagos con tarjeta) con unos estándares comunes, eliminando las diferencias entre los pagos nacionales y los pagos transfronterizos. Los antiguos sistemas nacionales de transferencias y adeudos serán sustituidos progresivamente por los nuevos sistemas europeos normativa SEPA.
Desde febrero de 2014, es obligatorio la utilización de estos instrumentos de pago SEPA, sustituyendo a las transferencias y adeudos nacionales (recibos domiciliados, etc.)
SEPA conlleva una reducción de los gastos por estos conceptos al optimizarse los procesos de pago. En especial en acciones comerciales internacionales.
Segunda fase de migración a SEPA
El 1 de febrero de 2016 es la fecha límite para la migración a SEPA de los productos calificados como nicho (C32 y C58).
Este cambio puede estar afectando ya a tu negocio dado que las entidades bancarias no aceptarán nuevas remesas de anticipos/recibos NO adaptados a SEPA con vencimientos superiores al 01/02/2016.
Últimas novedades SEPA
A partir de noviembre de 2016 se establecen una serie de cambios en la Zona Única de Pago en Euros (SEPA).
Modificación plazo presentación de los adeudos CORE
Podrán ser presentados hasta 3 días antes de su vencimiento.
Desaparece la identificación del adeudo COR-1
Identificación de los adeudos como “FRST”
Deja de ser obligatoria esta identificación, aunque el acreedor puede continuar haciéndolo, si así lo desea.
Si se identifica el “FRST” el banco no podrá rechazar dicho adeudo.
Nueva definición para las siglas “SMNDA” que, a partir del 20/11/2016, identificarán un cambio en la cuenta del deudor (mismo mandato con una nueva cuenta del deudor.)
El código BIC se informará solamente, y tal como ya viene haciéndose, en operaciones transfronterizas que no formen parte del espacio económico europeo.
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