Modifican el Plan General de Contabilidad para el 2017
- 20 ene 2017
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Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.
1. Estado de cambios en el Patrimonio Neto
Aquellas empresas y pymes que utilicen el modelo abreviado del Plan General Contable y Plan General Contable Pymes estarán exentas de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto.
Se trata de un informe financiero que forma parte de las cuentas anuales de las empresas junto al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria y el estado de flujos de efectivo.
La nueva modificación exime a las empresas de presentar la información, tanto del estado de ingresos y gastos reconocidos como la del estado total de cambios en el patrimonio neto, que forman parte del conjunto del informe sobre el estado del patrimonio neto. Su presentación, tras la modificación, se somete a la voluntad de la empresa.
2. Criterios del PGC Pymes
Se establecen nuevas normas para poder acogerse a esta simplificación del Plan General de Contabilidad destinado a pequeñas y medianas empresas. Darán cuentas de sus finanzas por este Plan las empresas:
cuyo activo no alcance los cuatro millones de euros
cuya cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros.
aquellas que no sobrepasen los 50 trabajadores en plantilla.
3. Contenido de la memoria abreviada de pymes
El Real Decreto reduce el volumen de datos que se deberán presentar en la memoria abreviada. Hablamos de aquella información referida a la actividad de la empresa, los activos y pasivos financieros, ingresos y gastos, fondos propios, situación fiscal y aplicación de resultados.
4. Inmovilizados intangibles y fondo de comercio
La reforma del PGC establece un plazo de amortización de 10 años para los inmovilizados intangibles, también llamados activos de vida útil indefinida, cuya vida útil no pueda estimarse de manera exacta. En este mismo sentido y adicionalmente, la nueva norma introduce una presunción para el fondo de comercio, considerado también inmovilizado intangible. Con esta presunción, que establece una recuperación lineal en diez para el fondo de comercio, las pymes podrán eludir su justificación si se prueba.



























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