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Inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas profesionales que prestan servicios por

  • Fuente: BOE
  • 4 sept 2019
  • 1 Min. de lectura

Cambio importante para las personas físicas que presten los servicios determinados en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales deben inscribirse en el Registro Mercantil de forma telemática antes del 31 de diciembre de 2019 y realizar la declaración anual de los servicios prestados en los tres primeros meses de cada año:

  • Instrucción de 30 de agosto de 2019, la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas profesionales que prestan servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.










 
 
 

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