Inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas profesionales que prestan servicios por
- Fuente: BOE
- 4 sept 2019
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Cambio importante para las personas físicas que presten los servicios determinados en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales deben inscribirse en el Registro Mercantil de forma telemática antes del 31 de diciembre de 2019 y realizar la declaración anual de los servicios prestados en los tres primeros meses de cada año:
Instrucción de 30 de agosto de 2019, la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas profesionales que prestan servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
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